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Article 70

Para Que Un Estudiante Sea Matriculado A Un Curso Superior, Se Requiere Que Haya Aprobado Todas Las Materias Del Curso Inmediatamente Anterior

Decreto 1928 de 1963 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 2365 de1956, sobre el Instituto Superior de educación Rural de Pamplona (Norte Santander), y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Para que un estudiante sea matriculado a un curso superior, se requiere que haya aprobado todas las materias del curso inmediatamente anterior.

Parágrafo

Una materia se perderá por una de las siguientes razones

a)

Haber obtenido una nota definitiva inferior al 70 % de la calificación máxima, dentro de la escala respectiva.

b)

Haber dejado de concurrir al 10% o más de las clases dictadas. En caso de enfermedad oportunamente comprobada, se admitirá una inasistencia total del 20%.

c)

Haber dejado de cumplir uno o más de los requisitos que, para la aprobación de estudios, se establezcan previamente en el programa general de cada materia.

d)

Haber obtenido una nota previa inferior al 40% de la calificación máxima dentro de la escala respectiva. Quienes estén en estas circunstancias no tendrá derecho a presentar examen final. e) haber obtenido en el examen final una nota inferior al 40% de la calificación máxima, dentro de la escala respectiva. Quienes estén en estas circunstancias no tendrán derecho a que se les compute la nota final con la nota previa. Todas las materias no aprobadas por las causales anteriores, se tendrán en cuenta para la pérdida del curso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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