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Article 21

Decreto 192 de 1903 · Sobre Impuestos de papel sellado y Timbre nacional

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Text of the article

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Art. 21. Lleverán estampilla de 2. a clase los actos, documentos y diligencias que se expresan en seguida : 1.° Las diligencias ó actas de posesión de los empleados ó funcionarios públicos cuando el sueldo mensual, fijo ó eventual, que devenguen, exceda de cien pesos sin pasar de quinientos ; 2.° Los certificados que expidan los empleados consulares y agentes diplomáticos. de la Nación en el Extranjero ; 3.° Las cuentas, nóminas ú órdenes de pago para cobrar del Gobierno nacional, departamental ó municipal, créditos que excedan de cien pesos ($ 100), sin pasar de quinientos ($ 500) ; 4.°Cada una de las hojas de los libros, de matrículas que se lleven en los establecimientos públicos de educación profesional; 5.° Las diligencias de autenticación de documentos, actos ó expedientes que se presenten con tal objeto, cuando el valor de tales documentos exceda de cien pesos. ($ 100), sin pasar de quinientos ($ 500) ; 6.° Las libranzas que expidan los Administradores de Correos ó los Agentes postales por las encomiendas que giren por los Correos nacionales, cuando el valor de éstas exceda de cien pesos ($ 100), sin pasar de quinientos ($500); 7.° Las facturas ó manifiestos que se presenten ó acompañen á las reclamaciones, que se dirijan al Ministerio de Hacienda ó al Juez de Aduanas sobre devolución de derechos aduaneros ó modificación, en las, liquidaciones de tales derechos ó penas impuestas á los importadores, capitanes de buques, Cónsules ó Agentes consulares;

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Constitutional history

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