°. Causación y base gravable del Impuesto sobre las Ventas (IVA) en contratos celebrados antes de la fecha de entrada en vigencia de la Ley 788 de 2002 . Los contratos de suministro o de compra de bienes así como los de prestación de servicios, que hayan quedado gravados con el Impuesto sobre las Ventas (IVA) por la Ley 788 de 2002 y se hayan suscrito con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la misma, están sometidos al impuesto de conformidad con las normas sobre causación del gravamen establecidas en el Estatuto Tributario desde el primer bimestre del año 2003, siendo su base gravable el valor del pago o abono en cuenta en todos los casos en que la ley no haya previsto una base gravable especial.
Decreto 522 de 2003 →In force
Article 5
Causación Y Base Gravable Del Impuesto Sobre Las Ventas (Iva) En Contratos Celebrados Antes De La Fecha De Entrada En Vigencia De La Ley 788 De 2002
Decreto 522 de 2003 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 788 de 2002 y el Estatuto Tributario.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.