JurídicoESEN

Article 1

La Gobernación De Cundinamarca Iniciará Y Adelantará El Juicio De Expropiación De La Zona O Zonas Que Forman El Perímetro Urbano Del Municipio De Puerto Salgar Conforme A Los Planos Respectivos, Y Previo Concepto Técnico De La Secretaría De Asistencia Social Del Mismo Departamento, Con El Fin De Que La Propiedad Sobre Ellas Se Radique En El Mismo Municipio Y En Las Personas O Entidades Propietarias De Las Actuales Edificaciones Urbanas

Decreto 2637 de 1950 · por el cual se reglamenta la Ley 134 de 1948.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° La Gobernación de Cundinamarca iniciará y adelantará el juicio de expropiación de la zona o zonas que forman el perímetro urbano del Municipio de Puerto Salgar conforme a los planos respectivos, y previo concepto técnico de la Secretaría de Asistencia Social del mismo Departamento, con el fin de que la propiedad sobre ellas se radique en el mismo Municipio y en las personas o entidades propietarias de las actuales edificaciones urbanas.

Parágrafo

En la determinación de las zonas que deben ser expropiadas, la Gobernación de Cundinamarca tendrá en cuenta el plano topográfico levantado por la Secretaría de Obras Públicas del Departamento, cuyos originales reposan en el Ministerio de Higiene, en cuanto se refiere a la zona actual, y además procurará adquirir las zonas aledañas al perímetro urbano para el ensanchamiento de éste.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2637 de 1950