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Article 2

La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Telecom , Facilitará Al Ministerio De Comunicaciones Sin Costo Alguno, La Alimentación Ag Y Los Lugares Apropiados Para La Instalación De Los Equipos De Radio Y De Las Antenas, Así Como De La Infraestructura De Torres Para La Instalación De Las Mismas Y Que Sean Necesarias Para El Establecimiento De Enlaces De Radio Con Aquellas Estaciones Monitoras Que Están Fuera De Las Ciudades Mencionadas En El Artículo 1º Del Presente Decreto

Decreto 2492 de 1986 · Por el cual la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, TELECOM, dispone circuitos telefónicos dedicados para el Ministerio de Comunicaciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. La Empresa Nacional de Telecomunicaciones, TELECOM , facilitará al Ministerio de Comunicaciones sin costo alguno, la alimentación AG y los lugares apropiados para la instalación de los equipos de radio y de las antenas, así como de la infraestructura de torres para la instalación de las mismas y que sean necesarias para el establecimiento de enlaces de radio con aquellas estaciones monitoras que están fuera de las ciudades mencionadas en el artículo 1º del presente Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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