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Article 4.3.5.1

- Regimen Prestacional

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

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ARTICULO 4.3.5.1.- REGIMEN PRESTACIONAL. Los empleados de la Superintendencia de Valores gozarán de las prestaciones sociales, económicas y médico asistenciales consagradas por Ley para los empleados públicos, las que serán atendidas por la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades (Corporanónimas). Igualmente tendrán derecho a los servicios y a los beneficios extralegales que Corporanónimas presta a sus afiliados, en la forma que dispongan sus estatutos y reglamentos internos, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias, siempre y cuando el Ministerio de Hacienda haga las transferencias necesarias con el fin de atender el pago de dichos servicios y beneficios, de suerte que el patrimonio de Corporanónimas, no se vea afectado con ocasión de la afiliación de los trabajadores de la Superintendencia de Valores. TITULO IV DISPOSICIONES FINALES CAPITULO UNICO

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Constitutional history

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