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Article 11

Decreto 2820 de 1991 · por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Grandes contribuyentes formulario número 1, sociedades. Por el año gravable de 1991, deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en formulario Nº 1 las personas jurídicas o asimiladas, que a 31 de Diciembre de 1991 hayan sido calificadas como "grandes contribuyentes " por la Dirección de Impuestos Nacionales, de conformidad con lo dispuesto en artículo 562 del Estatuto Tributario. El plazo para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios inicia el 1º de marzo de 1992 y vence el 6 de Abril del mismo año, cualquiera que sea el NIT del declarante. Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total a pagar incluyendo la contribución especial, en cinco cuotas, a más tardar en las siguientes fechas: Pago primera cuota 10 de febrero/92 Declaración y pago segunda cuota 6 de abril /92 Pago tercera cuota 2 de junio/ 92 Pago cuarta cuota 3 de agosto/92 Pago quinta cuota 5 de octubre/92

Parágrafo

El valor de la primera cuota se determinará dividiendo entre cinco la provisión contable para impuestos del respectivo ejercicio, estimada razonablemente por el revisor fiscal o contador público y la cual no podrá ser inferior al 20% del saldo a pagar del año gravable 1990. Una vez liquidado el impuesto definitivo en la respectiva declaración, del valor a pagar incluido en la misma, se restará lo pagado en la primera cuota y el saldo se cancelará, en partes iguales, en las cuatro cuotas restantes.

02

Constitutional history

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