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Article 1

Ley 36 de 1989 · por la cual se modifica y adiciona el artículo 13 de la Ley 13 de 1973.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El artículo 13 de la Ley 13 de 1973 , quedará así:

Artículo 13:

Cédese a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, el valor de las regalías que le correspondan a la Nación por concepto de las explotaciones de la mina de "Cerromatoso", Municipio de Montelíbano. La Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS), asignará y entregará prioritariamente de cada uno de los valores que reciba por concepto de estas regalías a los Municipios de Montelíbano, Ayapel, Puerto Libertador, Planeta Rica, Pueblo Nuevo y Buena Vista ubicados en la zona de influencia de la mina de "Cerromatoso", aportes en moneda legal colombiana equivalentes a los porcentajes que a continuación se señalan:

Los municipios administrarán autónomamente los recursos que reciban por concepto de los aportes aquí señalados y no menos del 85% del valor de los mismos deberán ser destinados a inversión.

Parágrafo 1

El saldo de los recursos provenientes de las regalías por las explotaciones de la mina de "Cerromatoso", Municipio de Montelíbano, que le quedan en administración directa a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS), se utilizará prioritariamente en la construcción, hasta su total terminación, de los acueductos regionales en el Departamento de Córdoba.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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