JurídicoESEN

Article 8

º Las Investigaciones A Que Den Lugar Los Reclamos Y Quejas Que Se Presenten A Los Comités Seccionales, Serán Adelantadas Por Funcionarios De La Gobernación, Intendencia, Comisaría, Alcaldía Mayor Del Distrito Especial De Bogotá, Procuraduría General De La Nación O Registraduría Nacional Del Estado Civil, De Acuerdo Con Sus Respectivas Competencias, Previa Comisión Ordenada Por El Organismo Respectivo

Decreto 2139 de 1987 · por el cual se autoriza la creación de Comités Seccionales de Garantías.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Las investigaciones a que den lugar los reclamos y quejas que se presenten a los Comités Seccionales, serán adelantadas por funcionarios de la Gobernación, Intendencia, Comisaría, Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá, Procuraduría General de la Nación o Registraduría Nacional del Estado Civil, de acuerdo con sus respectivas competencias, previa comisión ordenada por el organismo respectivo. Al ordenar la comisión se determinará la forma y el plazo en que el funcionario comisionado deberá presentar el informe correspondiente .

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2139 de 1987