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Article 16

El Secretario Del Consejo Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Asistir A Las Reuniones; B) Llevar Las Actas De Sus Sesiones Y Autenticar Con Su Firma Los Documentos; C) Elaborar La Correspondencia; D) Hacer Las Citaciones Para Las Reuniones; E) Recibir Y Registrar Los Negocios; F) Atender Las Gestiones Que El Consejo O Su Presidente Le Encomienden; G) Dar Las Informaciones Que Los Miembros Del Consejo, Los Funcionarios De La Administración O Los Particulares Soliciten, De Acuerdo Con Las Instrucciones Impartidas Por El Presidente; H) Tramitar A Través De La Secretaría General La Consecución De Los Documentos Que Hicieren Falta Para Completar Los Expedientes O Para Que Los Asesores Puedan Elaborar Sus Ponencias; I) Responder Por El Archivo Y Demás Documentos Del Consejo; J) Tramitar Los Expedientes Para 1a, Asignación De Prima Técnica; K) Las Demás Que Le Señale El Consejo O Los Asesores Cuan-: Do El Cargo No Sea Desempeñado Por El Secretario General Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil

Decreto 1832 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto 728 de 1968

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01

Text of the article

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El Secretario del Consejo tendrá las siguientes funciones

a)

Asistir a las reuniones;

b)

Llevar las actas de sus sesiones y autenticar con su firma los documentos;

c)

Elaborar la correspondencia;

d)

Hacer las citaciones para las reuniones;

e)

Recibir y registrar los negocios;

f)

Atender las gestiones que el Consejo o su Presidente le encomienden;

g)

Dar las informaciones que los miembros del Consejo, los funcionarios de la administración o los particulares soliciten, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Presidente;

h)

Tramitar a través de la Secretaría General la consecución de los documentos que hicieren falta para completar los expedientes o para que los Asesores puedan elaborar sus ponencias;

i)

Responder por el archivo y demás documentos del Consejo;

j)

Tramitar los expedientes para 1a, asignación de prima técnica;

k)

Las demás que le señale el Consejo o los Asesores cuan-: do el cargo no sea desempeñado por el Secretario General del Departamento Administrativo del Servicio Civil. Procedimiento para el trámite de ponencia».

02

Constitutional history

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