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Article 6

Funciones Del Director General

Decreto 1601 de 2023 · Por el cual se adopta la estructura del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira y se dictan otras disposiciones.

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01

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°. Funciones del Director General . El director general cumplirá las siguientes funciones

1.

Coordinar el diseño de las estrategias, acciones y proyectos a cargo del Instituto.

2.

Ejecutar los planes y proyectos aprobados por el Consejo Directivo que deban celebrarse con cargo a los recursos del Instituto.

3.

Celebrar, en calidad de representante legal del Instituto, los contratos autorizados por el Consejo Directivo de acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto número 1250 de 2023.

4.

Realizar los negocios fiduciarios que se requieran para el manejo y disposición de los recursos del Instituto y que hayan sido aprobados por el Consejo Directivo.

5.

Solicitar y revisar los informes de auditoría que le sean presentados sobre los actos y contratos que realice el mismo.

6.

Expedir los certificados correspondientes a las donaciones recibidas.

7.

Celebrar los contratos o convenios para la participación del Instituto en esquemas de participación Público - Privada o Público - Popular.

8.

Celebrar los contratos o convenios necesarios para la formulación y ejecución de los esquemas de financiación estructurados por el Consejo Directivo.

9.

Hacer seguimiento y asegurar el cumplimiento del Plan de Acción para la prestación y aseguramiento del acceso a agua y saneamiento básico, a la población del departamento de La Guajira, con el fin de garantizar el suministro eficiente, oportuno y de calidad, que sea aprobado por el Consejo Directivo.

10.

Hacer seguimiento y asegurar el cumplimiento de las acciones requeridas para realizar la gestión del recurso hídrico en las diferentes infraestructuras presentes en el territorio, que permitan priorizar el uso del agua para consumo humano.

11.

Ejercer las funciones de ordenación de gasto y de nominador de acuerdo con las instrucciones y determinaciones del Consejo Directivo

12.

Ejercer la representación legal del Instituto y constituir mandatarios o apoderados que representen a la entidad en asuntos judiciales, administrativos y demás de carácter litigioso.

13.

Conocer en segunda instancia los procesos disciplinarios de la entidad; resolver los recursos de apelación y queja, decidir los impedimentos, recusaciones y la consulta y prórroga de suspensión provisional, que se presenten en cualquier etapa de los procesos disciplinarios.

14.

Las demás que le sean asignadas por el Consejo Directivo o por el Gobierno nacional.

02

Constitutional history

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