° El artículo 29 del Acuerdo número 004 de 1973 quedará así: Artículo 29. El Fondo Rotatorio tendrá una Junta de Licitaciones constituida así: El Gerente o su delegado; El Jefe de la Sección de Contratos; El Jefe de la Sección de Adquisiciones; El Jefe de la Sección de Construcciones; El Auditor Fiscal de la Contraloría General de la República, o su delgado, quien tendrá voz pero no voto. El Director General de Prisiones, el Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio, el Director Nacional de Instrucción Criminal y los Jefes de División del Ministerio y del Fondo harán partes de las Juntas de Licitaciones, cuando en ella se vaya a decidir sobre algún asunto o contrato relacionado con su correspondiente repartición administrativa. La Secretaria de la Junta estará a cargo del funcionario que el gerente designe.
Decreto 2524 de 1975 →In force
Article 3
El Artículo 29 Del Acuerdo Número 004 De 1973 Quedará Así: Artículo 29
Decreto 2524 de 1975 · Por el cual se aprueban unas modificaciones a los estatutos del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia
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01
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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