º El Consejo de Cultura y Educación de la Intendencia de San Andrés y Providencia quedará integrado así: el Intendente, quien lo presidirá; un representante del Consejo Intendencial; el Alcalde de Providencia o su delegado; un representante de las Casas de Cultura; sendos representantes del Ministerio de Educación Nacional y del Instituto Colombiano de Cultura, con suplentes domiciliados en la región; tres representantes de la comunidad, elegidos por el procedimiento que determinen los demás representantes al Consejo en su primera sesión.
Article 6
º El Consejo De Cultura Y Educación De La Intendencia De San Andrés Y Providencia Quedará Integrado Así: El Intendente, Quien Lo Presidirá; Un Representante Del Consejo Intendencial; El Alcalde De Providencia O Su Delegado; Un Representante De Las Casas De Cultura; Sendos Representantes Del Ministerio De Educación Nacional Y Del Instituto Colombiano De Cultura, Con Suplentes Domiciliados En La Región; Tres Representantes De La Comunidad, Elegidos Por El Procedimiento Que Determinen Los Demás Representantes Al Consejo En Su Primera Sesión
Decreto 473 de 1986 · por el cual se dicta el régimen para la protección y conservación del Patrimonio Cultural de la población nativa de las Intendencias y Comisarías.
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