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Article 4

º

Decreto 1827 de 1996 · por el cual se transforma el Fondo de Estabilización de Precios del Algodón.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. El Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios del Algodón estará integrado por

1.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Comercio Exterior, o su delegado.

3.

El Gerente General del IDEMA, o su delegado.

4.

Un representante de los productores de algodón.

5.

Un representante de los exportadores de algodón.

Parágrafo

Corresponde al Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural designar los representantes de los productores y exportadores de algodón, para períodos de dos (2) aros, con base en las ternas remitidas por las agremiaciones representativas del producto.

Parágrafo transitorio

Los representantes de los productores y de los exportadores designados antes de la vigencia del presente decreto, por el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural como miembros del Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios del Algodón, continuaran ejerciendo sus funciones en el nuevo comité, por el periodo para el cual fueron designados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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