Los Inspectores de Cedulación sólo durarán en ejercicio de sus funciones durante los tres meses anteriores a cada elección popular, y rendirán al Ministerio de Gobierno un informe quincenal sobre los Municipios que visiten, labores que hayan realizado en ellos en orden a la correcta y rápida cedulación de los ciudadanos y sobre las deficiencias que anoten en el funcionamiento de las corporaciones electorales.
Article 16
Los Inspectores De Cedulación Sólo Durarán En Ejercicio De Sus Funciones Durante Los Tres Meses Anteriores A Cada Elección Popular, Y Rendirán Al Ministerio De Gobierno Un Informe Quincenal Sobre Los Municipios Que Visiten, Labores Que Hayan Realizado En Ellos En Orden A La Correcta Y Rápida Cedulación De Los Ciudadanos Y Sobre Las Deficiencias Que Anoten En El Funcionamiento De Las Corporaciones Electorales
Decreto 3035 de 1936 · Por el cual se reglamentan los artículos 1o, 3o, 8o y 10 de la Ley 187 de 1936, sobre elecciones
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