Suministro de información. Hasta tanto se implemente una herramienta informática para este fin, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y la Dirección General Marítima deberán solicitar la información respectiva de manera directa o indirecta a la Fiscalía General de la Nación, y a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol.
(Decreto 048 de 2014, artículo 4°).