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Article 25

Es Renta Originada Dentro Del País La Producida Por Bienes Inmuebles Situados En Colombia, Los Intereses Recibidos Sobre Capitales Invertidos En El País, Y La Que Tenga Por Causa Una Actividad Cualquiera Ejecutada Dentro De Los Límites Territoriales De Colombia, Como La Prestación De Un Servicio, La Dirección De Un Negocio O Industria, Aunque La Fuente Material De Que Provenga Sea Extranjera, Y Cualquiera Que Sea El Lugar Donde Se Verifique El Pago, Como Por Ejemplo, Los Sueldos Que Se Pagan En Colombia O En El Exterior Con Fondos Del Exterior, Por Servicios Prestados Dentro Del País, Aunque El Pagador Tenga Domicilio Fuera De Él, Y Aun Cuando El Contrato De Prestación De Esos Servicios Se Celebre En El Exterior

Decreto 818 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 78 de 1935

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01

Text of the article

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Es renta originada dentro del país la producida por bienes inmuebles situados en Colombia, los intereses recibidos sobre capitales invertidos en el país, y la que tenga por causa una actividad cualquiera ejecutada dentro de los límites territoriales de Colombia, como la prestación de un servicio, la dirección de un negocio o industria, aunque la fuente material de que provenga sea extranjera, y cualquiera que sea el lugar donde se verifique el pago, como por ejemplo, los sueldos que se pagan en Colombia o en el Exterior con fondos del Exterior, por servicios prestados dentro del país, aunque el pagador tenga domicilio fuera de él, y aun cuando el contrato de prestación de esos servicios se celebre en el Exterior.

02

Constitutional history

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