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Article 15

En Cada Distrito De Riego Se Adoptarán Planes De Cultivos Y De Riego De Obligatorio Cumplimiento Para Todos Los Usuarios

Decreto 182 de 1968 · Por el cual se reglamenta el uso de aguas, operación, conservación y mantenimiento de los distritos de riego y avenamiento

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En cada Distrito de Riego se adoptarán planes de cultivos y de riego de obligatorio cumplimiento para todos los usuarios. La adopción de estos planes se hará previa consulta a un Comité en donde tendrán representación, además de las autoridades del Distrito y de sus usuarios, las instituciones de los sectores público y privado interesadas en el desarrollo del mismo. En cada reglamento interno se establecerán las formalidades para la adopción de estos planes y se indicarán las personas llamadas a intervenir.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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