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Article 8

Exámenes De Reclutamiento

Decreto 3049 de 1981 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto número 1836 de 1979, que determina las normas relativas a la capacidad sicofísica, las incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio Defensa y de la Policía Nacional

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Text of the article

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°. Exámenes de reclutamiento . El examen médico de reclutamiento será practicado por los Oficiales de Sanidad o Profesionales Médicos al servicio de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, en los lugares previstos al efecto dentro de los itinerarios de las correrías. Cuando las circunstancias lo exijan, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional quedan facultadas para practicar los exámenes médicos de reclutamiento a personal distinto de sus Fuerzas. La calificación de la capacidad sicofísica del personal examinado debe ser anotada personalmente por el médico examinador, incluyendo los datos de .peso y estatura tanto en la tarjeta de inscripción como en la de incorporación del conscripto, las cuales deben ser refrendadas con su firma y sello, este examen comprenderá como mínimo el Clínico General y Buco-Dental. En la tarjeta de inscripción deben quedar consignadas, de manera clara y en su orden de importancia, las lesiones o afecciones que presente el conscripto. Terminado el examen médico, en cada sitio de reclutamiento se elaborará un Acta en la cual se relacionará el número de conscriptos aptos, no aptos y aplazados, con la anotación de las causales de inhabilidad y aplazamiento. Dicha Acta debe ser suscrita por todos los miembros de la comisión de reclutamiento. El conscripto de cualquiera de las Fuerzas. Militares o de la Policía Nacional desde la iniciación de la marcha; hasta la Unidad en donde debe ser incorporado, queda bajo el cuidado y la responsabilidad de la comisión de reclutamiento. En caso de enfermedad o accidente durante el viaje, deberá recibir atención de la sanidad respectiva.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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