°. En caso de reincidencia en violaciones al régimen legal del Sistema de Parques Nacionales Naturales, el INDERENA además de imponer las sanciones previstas en los artículos 32 y 34 de este decreto, podrá cuando lo considere conveniente aplicar las siguientes sanciones°
Prohibición temporal o permanente para entrar a la correspondiente área del Sistema de Parques Nacionales Naturales y para disfrutar de sus desarrollos y servicios;
Prohibición temporal o permanente para entrar en todas las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y para disfrutar de sus desarrollos y servicios.