En el evento de que los recursos de la reserva especial de las garantías para bonos hipotecarios para financiar la cartera VIS subsidiable a que se refiere la Ley 546 de1999, no sean suficientes para cubrir oportunamente las mismas, el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá reconocerlas como deuda pública y atenderla mediante la emisión de bonos en las condiciones de mercado que el Gobierno establezca.
Article 76
En El Evento De Que Los Recursos De La Reserva Especial De Las Garantías Para Bonos Hipotecarios Para Financiar La Cartera Vis Subsidiable A Que Se Refiere La Ley 546 De1999, No Sean Suficientes Para Cubrir Oportunamente Las Mismas, El Gobierno Nacional A Través Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Podrá Reconocerlas Como Deuda Pública Y Atenderla Mediante La Emisión De Bonos En Las Condiciones De Mercado Que El Gobierno Establezca
Decreto 2888 de 2001 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
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