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Article 9

Ley 138 de 1961 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1962.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Por decretos separados, el Gobierno Nacional, con la intervención del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Dirección Nacional del Presupuesto, distribuirá las partidas globales incluidas en las distintas secciones del Presupuesto de Gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos, y con sujeción a las disposiciones normativas del manejo del Presupuesto. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección Nacional del Presupuesto, determinará, en caso de duda, las apropiaciones sujetas a este mandato, las cuales tío podrán efectuarse sino después de dictada la respectiva providencia de distribución.

Parágrafo

La Contraloría General de la Re-pública exigirá el cumplimiento previo de lo ordenado en este artículo, antes de refrendar giros o constituir reservas con cargo a las apropiaciones afectas a dicha norma. En caso de duda sobre alguna partida consultará el criterio del Ministro de Hacienda y Crédito Público, expresado por conducto de la División Nacional del Presupuesto.

02

Constitutional history

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