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Article 69

Ley 6 de 1945 · LEY 6 DE 1945, 19/02/1945, Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial del trabajo

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los hijos, la mujer y en su defecto los padres o hermanos de los Senadores y Representantes que fallezcan después de haber ejercido el cargo y dentro del período para el cual fueron elegidos, tendrán derecho a que por el Tesoro Nacional se les cubra conjuntamente una suma equivalente al valor de dos años de la asignación correspondiente a un miembro del Congreso.

Para disfrutar de esta recompensa se necesita que el fallecido no hubiere dejado bienes en cuantía superior a veinte mil pesos ($20.000), y que, por su parte, los beneficiarios carezcan de un patrimonio superior a la misma suma.

En el caso de que alguno de los beneficiarios posea bienes por dicha cantidad, la prestación se cubrirá los restantes que carezcan de ellos.

Para darle cumplimiento a esta disposición, el gobierno queda autorizado para abrir al Presupuesto los créditos extraordinarios correspondientes o para llevar a cabo los traslados que sean necesarios, en cada caso determinado que llegue a presentarse.

Esta disposición causará sus efectos desde el 1º de agosto de 1944.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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