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Article 2

Composición

Decreto 2338 de 2015 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Inclusión Financiera.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Composición . La Comisión Intersectorial para la Inclusión Financiera estará integrada por los siguientes funcionarios con voz y voto

1.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado, quien la presidirá.

2.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, o su delegado.

3.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado.

4.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, o su delegado.

5.

El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, o su delegado.

6.

El Superintendente Financiero de Colombia, o su delegado.

7.

El Superintendente de la Economía Solidaria, o su delegado.

8.

El Director de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera, o su delegado.

Parágrafo 1

El Gerente del Banco de la República, el Director del Programa de Inversión Banca de las Oportunidades, el Presidente del Banco Agrario, el Presidente del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro) y el Director del Departamento Nacional de Planeación, o sus respectivos delegados, serán invitados a la Comisión y actuarán con derecho a voz pero sin voto. También podrán ser invitados, los representantes de otras entidades públicas, de la sociedad civil o del sector privado, cuando se considere pertinente.

Parágrafo 2

Los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar su participación en la Comisión Intersectorial en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente o en otras autoridades con funciones afines o complementarias, conforme con lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 489 de 1998.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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