°. La prestación del servicio público de transporte especial de estudiantes, asalariados y turistas dentro del Archipiélago se realizara exclusivamente a través de las empresas habilitadas para la prestación de esta modalidad de servicio con sede en el Departamento y por las empresas habilitadas por la Gobernación en las modalidades de transporte público individual en vehículos tipo taxi y colectivo de municipal.
La Gobernación del Departamento y el Ministerio de Transporte, adelantarán el censo vehicular y los estudios de oferta y demanda y de costos de transporte público de pasajeros, para la organización del transporte público en el Departamento de San Andrés y Providencia.