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Article 1

En El Ministerio De Minas Y Petróleos Se Anotará El Día Y La Hora De Presentación De Cada Propuesta Sobre Minas, Excepto De La De Hidrocarburos

Decreto 3132 de 1956 · Por el cual se modifica el Decreto número 805 DE 1956

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01

Text of the article

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º En el Ministerio de Minas y Petróleos se anotará el día y la hora de presentación de cada propuesta sobre minas, excepto de la de hidrocarburos. Si en el mismo día o dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de la presentación de una propuesta se formularen otra u otras sobre la misma zona, el Ministerio escogerá con cual de los proponentes debe adelantarse la tramitación del negocio, en este orden

a)

Al proponente que demuestre a juicio del Ministerio haber realizado en forma técnica trabajos de exploración o de explotación en toda o parte de la zona solicitada, con anterioridad de un mes o más, a la fecha de presentación de la misma propuesta;

b)

A quien demuestre tener mayor capacidad técnica;

c)

Si todos los proponentes se hallaren en igualdad de condiciones, se escogerá al que primero haya formulado su solicitud.

02

Constitutional history

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