El Consejo Nacional Profesional de Ingeniería y Arquitectura y sus seccionales llevarán un libro de certificados de ejercicio profesional y otro de registro de las matrículas de técnicos constructores que expidan. En ambos libros se harán las anotaciones acerca de tarjeta profesional, sanciones e historia resumida del proceso de cancelación, fuere el caso. El Consejo llevará además un registro general de matrículas y certificados para lo cual tomará en cuanto los que expida y los datos de las seccionales, que deben comunicar en forma continua y a la mayor brevedad posible toda la información pertinente. El consejo comunicará a la federación los datos de que trata este artículo.
Decreto 523 de 1976 →In force
Article 9
El Consejo Nacional Profesional De Ingeniería Y Arquitectura Y Sus Seccionales Llevarán Un Libro De Certificados De Ejercicio Profesional Y Otro De Registro De Las Matrículas De Técnicos Constructores Que Expidan
Decreto 523 de 1976 · Por medio del cual se reglamenta la Ley 14 de 1975
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01
Text of the article
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amended (verif_articulado: el artículo 9° del decreto 523 de 1976, quedará así) by decreto 2452/76 amended by decreto 2452/76
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.