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Article 20

Actuación Del Conciliador En La Audiencia

Decreto 1721 de 2002 · por el cual se reglamenta la Ley 719 de 2001, que modificó las Leyes 23 de 1982 y 44 de 1993.

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01

Text of the article

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Actuación del conciliador en la audiencia. El conciliador del Ministerio del Interior dirigirá libremente el trámite de la conciliación, guiado por los principios de imparcialidad, equidad, justicia y legalidad

1.

El conciliador concederá el uso de la palabra a cada una de las partes por el término que considere necesario, para la debida exposición de sus argumentos.

2.

Los interesados justificarán sus posiciones con los documentos que se acompañaron al proceso de concertación, además de los que consideren pertinentes.

3.

Escuchadas las partes por el tiempo pactado, el conciliador deberá proponer fórmulas de advenimiento.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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