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Article 6

Preferentemente Se Fomentará El Ingreso De Inmigrantes En Los Siguientes Casos: 1

Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.

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01

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º. Preferentemente se fomentará el ingreso de inmigrantes en los siguientes casos

1.

Cuando se trate de personas que por su experiencia, su calificación técnica, profesional o científica contribuyan al desarrollo de actividades económicas, científicas, culturales o educativas de utilidad o beneficio para el país o que se incorporen a actividades o programas de desarrollo económico o de cooperación internacional definidos por el Gobierno Nacional y en la forma determinada por la Comisión Nacional de Migración, y para cuya ejecución no se cuente con nacionales capacitados en el país o sean insuficientes para satisfacer la demanda.

2.

Cuando aporten capitales para ser invertidos en el establecimiento de empresas de interés para el país o en actividades productivas que generen empleo, incrementen o diversifiquen las exportaciones de bienes y servicios.

3.

Cuando se radiquen en zonas del territorio nacional cuyo desarrollo se considere prioritario o conveniente por las autoridades nacionales.

02

Constitutional history

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