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Article 8

Decreto 2285 de 2005 · Por el cual se reglamentan los artículos 7° y 10 del Decreto-ley 790 de 2005

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01

Text of the article

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º . Las inscripciones de los aspirantes para cada representación se hará por fórmula que incluya los nombres y apellidos del principal y de su suplente, mediante solicitud escrita que contenga, además, la siguiente información

1.

Documentos de identidad de los aspirantes.

2.

Manifestación expresa sobre la representación para la cual se candidatizan y de que reúnen los requisitos exigidos para ella.

3.

Firma de los candidatos.

Parágrafo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5º del Decreto-ley 790 de 2005, los miembros de la Comisión de Personal no podrán formar parte del Consejo Administrador del Sistema Específico de Carrera, razón por la cual los candidatos sólo podrán inscribirse para una de las representaciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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