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Article 12

Decreto 3622 de 2005 · por el cual se adoptan las políticas de desarrollo administrativo y se reglamenta el Capítulo Cuarto de la Ley 489 de 1998 en lo referente al Sistema de Desarrollo Administrativo.

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01

Text of the article

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Comité Técnico Sectorial de Desarrollo Administrativo . Los Comités Técnicos Sectoriales de Desarrollo Administrativo estarán conformados por el Secretario General o Subdirector de Ministerio o Departamento Administrativo, quien lo presidirá y por los servidores designados por cada representante legal de las entidades adscritas y vinculadas al sector. A los Comités Técnicos Sectoriales de Desarrollo Administrativo les corresponde

a)

Elaborar diagnósticos sobre el estado de las políticas de desarrollo administrativo del sector, a fin de proponer nuevas orientaciones;

b)

Formular propuestas de diseño del plan sectorial de desarrollo administrativo;

c)

Desagregar las grandes orientaciones de política, definidas por el comité sectorial;

d)

Colaborar en el desarrollo e implementación de las políticas de desarrollo administrativo;

e)

Recopilar información para el seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo administrativo y de las políticas de desarrollo administrativo adoptadas por el sector;

f)

Presentar trimestralmente al Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo los resultados del seguimiento al Plan Sectorial;

g)

Presentar a consideración del Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo la evaluación del Plan Sectorial de Desarrollo Administrativo de la vigencia correspondiente.

Parágrafo

Los Jefes de Oficina de Planeación o quienes hagas sus veces de los Ministerios y Departamentos Administrativos, ejercerán la secretaría técnica del Comité Técnico Sectorial de Desarrollo Administrativo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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