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Article 106

Al Vencimiento Del Término De Duración De Estos Contratos, Todos Los Muebles E Inmuebles Adquiridos O Construidos Por El Concesionario, O Por Quien Represente Sus Derechos Y Destinados Al Servicio De La Empresa, Así Como Los Equipos Y Maquinaria De Exploración Y Explotación De Las Minas Y Beneficio De Los Minerales, El Material En Laboreo, Los Elementos De Transporte, Las Vías De Comunicación Y Locomoción Y, En General, Todo Lo Destinado A La Exploración Y Explotación De Los Yacimientos Y Al Beneficio De Los Minerales, Pasarán Al Dominio Del Estado A Título De Reversión, Sin Pago Ni Indemnización De Ninguna Especie A Cargo De La Nación

Decreto 805 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1945, se sustituyen los Decretos 1054 de 1932 y 1343 de 1937 y se dictan otras disposiciones sobre minas.

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Text of the article

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Al vencimiento del término de duración de estos contratos, todos los muebles e inmuebles adquiridos o construidos por el concesionario, o por quien represente sus derechos y destinados al servicio de la empresa, así como los equipos y maquinaria de exploración y explotación de las minas y beneficio de los minerales, el material en laboreo, los elementos de transporte, las vías de comunicación y locomoción y, en general, todo lo destinado a la exploración y explotación de los yacimientos y al beneficio de los minerales, pasarán al dominio del Estado a título de reversión, sin pago ni indemnización de ninguna especie a cargo de la Nación. El Gobierno podrá tomar posesión inmediata de tales bienes y elementos.

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Constitutional history

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