Las observaciones y los requerimientos que determinan la aceptación o el rechazo de propuestas por parte del Incoder, le serán comunicadas oportunamente por escrito al aspirante o postulante durante las etapas de la convocatoria, para que, en el término de los quince (15) días hábiles siguientes al requerimiento, atienda las objeciones subsanables cuando a ello hubiere lugar y allegue los documentos y explicaciones que le sean solicitadas. Si vencido este plazo el aspirante o postulante no ha dado respuesta oportuna a las observaciones y requerimientos formulados, o si después de recibidos los documentos adicionales y las explicaciones respectivas, estos resultan insuficientes o incompletos, la propuesta será rechazada y se le notificará tal hecho.
Article 16
Las Observaciones Y Los Requerimientos Que Determinan La Aceptación O El Rechazo De Propuestas Por Parte Del Incoder, Le Serán Comunicadas Oportunamente Por Escrito Al Aspirante O Postulante Durante Las Etapas De La Convocatoria, Para Que, En El Término De Los Quince (15) Días Hábiles Siguientes Al Requerimiento, Atienda Las Objeciones Subsanables Cuando A Ello Hubiere Lugar Y Allegue Los Documentos Y Explicaciones Que Le Sean Solicitadas
Decreto 2000 de 2009 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 26 de la Ley 1151 de 2007 en lo relacionado con el subsidio integral para la adquisición de tierras, se establecen los procedimientos operativos y se dictan otras disposiciones.
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