COMPETENCIA. La competencia para dirigir los procedimientos de selección, adjudicación y celebración de los contratos estatales en Telesantamarta corresponde a su representante legal. Sin perjuicio de lo anterior y de la responsabilidad que la ley atribuye a los representantes legales de las entidades estatales por la dirección y manejo de la actividad contractual y por la derivada de los procesos de selección, el gerente de la empresa deberá informar, previamente, a la Junta Directiva, la iniciación de los procesos de selección para los cuales el estimativo de costos o presupuesto oficial sea igual o superior a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. En el evento en que por necesidades del servicio el gerente no alcanzaré a suministrar la información aludida con antelación al inicio del proceso de selección, ésta se suministrará en la sesión de Junta Directiva inmediatamente siguiente.
Decreto 1310 de 1994 →In force
Article 47
Competencia
Decreto 1310 de 1994 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta Ltda. Telesantamarta
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.