Contingencia de los servicios informáticos electrónicos . Se tomarán como casos de contingencia los derivados de fallas en los Servicios Informáticos Electrónicos, demostradas conforme lo establezca la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En estos casos, la administración aduanera declarará la contingencia y autorizará el trámite a través de un mecanismo diferente o en forma manual, mediante la presentación de documentos físicos, sin perjuicio de la obligación de incluir tal actuación en los Servicios Informáticos Electrónicos, una vez se restablezca el servicio, de acuerdo a lo que determine la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). CAPÍTULO 8 Garantías
Decreto 1165 de 2019 →In force
Article 27
Contingencia De Los Servicios Informáticos Electrónicos
Decreto 1165 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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