Despacho del Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media. Son funciones del Despacho del Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media, además de las señaladas en la Constitución Política y la ley, las siguientes: 13.1. Apoyar la formulación, reglamentación y adopción de políticas, planes, programas y proyectos, relacionados con la educación preescolar, básica y media, media técnica, oficial y privada, grupos poblacionales en condiciones de vulnerabilidad y prestación del servicio educativo en estos niveles. 13.2. Dirigir, coordinar y promover, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, la consolidación, desarrollo y ejecución de los componentes del sistema educativo, en los niveles de su competencia, en los puntos clave de cobertura, calidad y capacitación técnica. 13.3. Dirigir la elaboración de los informes sobre el desarrollo de los planes y programas de educación preescolar, básica y media, que se deben presentar al Departamento Nacional de Planeación y la de aquellos que sobre las actividades del Ministerio hayan de ser enviados al Presidente de la República. 13.4. Preparar para el Ministro los informes y estudios especiales que éste le encomiende y participar en la elaboración de la memoria anual que debe presentarse al Congreso de la República. 13.5. Participar y representar al Ministerio en Consejos, Juntas y otras instancias. 13.6. Las demás funciones que le asigne la ley o le delegue el ministro.
Decreto 4675 de 2006 →In force
Article 13
Decreto 4675 de 2006 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.