Las Juntas Directivas de los Fondos Rotativos elaborarán para aprobación del Gobierno el proyecto de Estatuto de personal de empleados al servicio de los Fondos, en el cual se determinen las condiciones para la creación, supresión y fusión de cargos y de acceso al servicio; las situaciones administrativas y el régimen disciplinario, lo mismo que todo lo referente a la clasificación y remuneración de los empleos, primas o bonificaciones, gastos de representación, viáticos, horas extras, prestaciones sociales en actividad y en retiro y requisitos para el otorgamiento de comisiones en el interior o en el exterior. TITULO VI Disposiciones varias
Article 44
Las Juntas Directivas De Los Fondos Rotativos Elaborarán Para Aprobación Del Gobierno El Proyecto De Estatuto De Personal De Empleados Al Servicio De Los Fondos, En El Cual Se Determinen Las Condiciones Para La Creación, Supresión Y Fusión De Cargos Y De Acceso Al Servicio; Las Situaciones Administrativas Y El Régimen Disciplinario, Lo Mismo Que Todo Lo Referente A La Clasificación Y Remuneración De Los Empleos, Primas O Bonificaciones, Gastos De Representación, Viáticos, Horas Extras, Prestaciones Sociales En Actividad Y En Retiro Y Requisitos Para El Otorgamiento De Comisiones En El Interior O En El Exterior
Decreto 1894 de 1969 · por el cual se aprueban los Estatutos de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.