JurídicoESEN

Article 2.3.3.3.8.2.4

Monto Máximo Del Subsidio De Sostenimiento

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Monto máximo del subsidio de sostenimiento. El monto del subsidio de sostenimiento al que se refiere el presente artículo variará entre uno (1) y cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) por periodo académico, de acuerdo con los siguientes criterios:

1.

Los jóvenes que no requieran cambiar de domicilio para estudiar, por residir en el municipio en donde se encuentra ubicada la institución de educación superior pública en la cual cursarán el programa académico, podrán acceder al subsidio en cuantía de un (1) SMLMV, por periodo académico.

2.

Si el estudiante cambia de domicilio, de una ciudad capital de departamento a otro municipio o distrito, recibirá lo correspondiente a tres (3) SMLMV, por periodo académico.

3.

Si el estudiante cambia de domicilio de un municipio diferente a la capital de departamento, a otro municipio o distrito, recibirá lo correspondiente a cuatro (4) SMLMV, por periodo académico.

Parágrafo 1

El subsidio otorgado será ajustado anualmente y el método de cálculo para ello será el número de SMLMV de 2015, en función de las categorías previamente descritas, multiplicado por el Índice de Precios al Consumidor anual, publicado por el Departamento Nacional de Estadísticas (DANE).

Parágrafo 2

El Icetex deberá verificar que el estudiante se encuentre cursando el programa académico para el cual se concedió el subsidio. El estudiante deberá registrar la solicitud de renovación del subsidio de sostenimiento ante el Icetex, en los términos que dicha entidad defina.

Parágrafo 3

El Subsidio de sostenimiento será desembolsado directamente al estudiante una (1) vez por periodo académico.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1075 de 2015