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Article 3

Ley 58 de 1985 · Por la cual se dicta el Estatuto Básico de los Partidos Políticos y se provee a la financiación parcial de las campañas electorales

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01

Text of the article

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En los estatutos de los partidos igualmente deberá figurar:

a)

El nombre del partido, que no podrá incluir denominaciones de personas, ni ser expresivo de antagonismos hacia naciones extranjeras, ni en forma alguna parecerse o tener relación gráfica o fonética con los símbolos de la Patria;

b)

El contenido de sus principios políticos, económicos y sociales;

c)

La declaración de hallarse afiliado a una organización política o partido internacional, si lo estuviere;

d)

El color o colores con los que se distinguirá. Si ha tenido un símbolo o emblema, la descripción de éste o del que piense utilizar;

e)

La indicación de sus órganos nacionales de gobierno y administración y el esquema de su organización regional y local.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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