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Article 112

Para Ser Profesor De Segunda Categoría Se Requiere Haber Dictado Como Profesor De Tercera Categoría Un Mínimo De Trescientas Sesenta (360) Horas De Clase En Su Especialidad O Especialidades, En Los Institutos De Formación Y Capacitación De Las Fuerzas Militares Y Ser Propuesto Por Los Comandos De Fuerza Respectiva

Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968

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01

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Para ser Profesor de Segunda Categoría se requiere haber dictado como Profesor de Tercera Categoría un mínimo de trescientas sesenta (360) horas de clase en su especialidad o especialidades, en los Institutos de Formación y Capacitación de las Fuerzas Militares y ser propuesto por los Comandos de Fuerza respectiva.

Parágrafo

Podrá inscribirse en Segunda Categoría el Oficial o Suboficial que acredite ser licenciado en "Ciencias de la Educación", o graduado por facultad mayor reconocida oficialmente por el Ministerio de Educación y haber dictado como mínimo ciento ochenta (180) horas de clase en la especialidad en que aspira a escalafonarse en Institutos de Formación y Capacitación de las Fuerzas Militares, y ser propuesto por los Comandos de Fuerza respectivos.

02

Constitutional history

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