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Article 39

Entrega Del Saldo

Decreto 3118 de 1968 · por el cual se crea el Fondo Nacional de Ahorro, se establecen normas sobre auxilio de cesantía de empleados públicos y de trabajadores oficiales y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Entrega del saldo. El Fondo deberá pagar al trabajador el saldo de que trata el artículo anterior dentro del término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación en debida forma de la solicitud. Vencido el plazo sin que el Fondo haya efectuado el pago, éste deberá reconocer al empleado o trabajador, intereses moratorios del 2% mensual. Solamente podrá deducirse del saldo en favor del trabajador, las cantidades que conforme a las normas vigentes y a las del presente decreto puedan ser objeto de retención.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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