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Article 4

Ley 31 de 1944 · Por la cual se auxilia a los damnificados del incendio de Palestina, Caldas, y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Con el exclusivo objeto de que su producción sea invertido totalmente en la construcción de la planta eléctrica y el matadero municipales, autorizase al Municipio de Victoria, del Departamento de Caldas, para vender sin necesidad de subasta pública ni de avaluó judicial los ejidos Municipales que le pertenecen, de conformidad con los escrituras o títulos respectivos.

Parágrafo

El avaluó de los terrenos a que se refiere la presente ley, se hará por medio de peritos designados así: uno por el concejo municipal; otro por el alcalde municipal y otro por el señor gobernador del departamento. Este último perito actuara en todos los casos en que los dos peritos primeramente nombrados no llegaren a ponerse de acuerdo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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