º Crédito para la adjudicación de acciones a las ofertas especiales de compra. Las acciones a que se refiere el punto 3.1 del artículo 3º se ofrecerán en venta cuando uno o varios establecimientos privados u oficiales, entre ellos la Financiera Energética Nacional establezcan líneas de crédito por su cuenta y riesgo, a fin de que los beneficiarios del artículo 60 de la Constitución Política a quienes se ofrecen las acciones de acuerdo con el punto 3.1 del artículo 3º del presente Decreto, cuenten con crédito para adquirirla. Las entidades públicas que otorguen tales líneas de crédito las podrán establecer dentro de las siguientes condiciones: 7.1 Monto máximo por financiar: Sesenta por ciento (60%) del precio de compra de las acciones. 7.2 Plazo para el pago e intereses: Se podrá optar por cualquiera de las siguientes: - Plazo no menor de seis (6) años y una tasa máxima efectiva anual equivalente al DTF de 90 días más cinco (5) puntos por trimestre anticipado, en las condiciones que indiquen tales entidades. - Plazo no menor de seis (6) años y una tasa máxima efectiva anual equivalente al DTF de 90 días más cuatro (4) puntos por trimestre anticipado, en las condiciones que indiquen tales entidades. 7.3 Garantía: Las que cada entidad financiera otorgante del crédito considere satisfactorias. Podrán recibirse en garantía las acciones de Promigas S.A. que se adquieran. 7.4 Período de gracia: Los créditos otorgados para la adquisición de acciones de Promigas S.A. tendrán un período de gracia mínimo por concepto de capital de dos (2) años.
Decreto 1536 de 1994 →In force
Article 7
º Crédito Para La Adjudicación De Acciones A Las Ofertas Especiales De Compra
Decreto 1536 de 1994 · por el cual se aprueba el programa de venta de las acciones que Ecopetrol y Explotación Cóndor S.A., poseen en Promigas S.A.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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