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Article 31

Derecho Inalienable E Imprescriptible A La Verdad

Decreto 4633 de 2011 · por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales alas víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Derecho inalienable e imprescriptible a la verdad. El Estado garantizará el derecho inalienable e imprescriptible de los pueblos indígenas a conocer la verdad sobre las vulneraciones históricas y actuales a sus derechos humanos e infracciones al DIH y honrará el significado que la palabra representa para los pueblos indígenas. El ejercicio pleno y efectivo del derecho a la verdad proporciona una salvaguarda fundamental contra la repetición de tales violaciones. El Estado garantizará el derecho a la verdad a las víctimas de los pueblos indígenas respecto de quienes hayan promovido, apoyado, financiado y/o se hayan beneficiado con ocasión de las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos, fundamentales, colectivos e integrales de los pueblos indígenas. El Estado adelantará los procesos judiciales correspondientes para sancionar a los responsables y hará públicas las sanciones cuando estas se produzcan.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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