° La Junta Directiva del Instituto Caro y Cuervo ajustará la planta de personal a las normas sobre clasificación, remuneración y nomenclatura que se establece por el presente Decreto y el Acuerdo correspondiente deberá ser aprobado por decreto, el que llevará, además de las firmas del Ministro de Educación Nacional y del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, la del Ministro de Hacienda y Crédito Público como certificación de que existe apropiación presupuesta suficiente para cubrir su costo. Igual procedimiento se requerirá para la aprobación de los Acuerdos de modificación, creación y supresión de cargos.
Article 5
La Junta Directiva Del Instituto Caro Y Cuervo Ajustará La Planta De Personal A Las Normas Sobre Clasificación, Remuneración Y Nomenclatura Que Se Establece Por El Presente Decreto Y El Acuerdo Correspondiente Deberá Ser Aprobado Por Decreto, El Que Llevará, Además De Las Firmas Del Ministro De Educación Nacional Y Del Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil, La Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Como Certificación De Que Existe Apropiación Presupuesta Suficiente Para Cubrir Su Costo
Decreto 660 de 1974 · Por el cual se fija el sistema de clasificación y remuneración para el personal científico-docente del Instituto Caro y Cuervo
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