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Article 5

Registro

Decreto 1100 de 1992 · por el cual se reglamenta la Ley 10 de 1991.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Registro. La Personería Jurídica de la Empresa Asociativa de Trabajo será registrada en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Subdirección de Trabajo Asociativo e Informal, con la presentación del certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio y copias auténticas del acta de constitución y de los estatutos. El número de la personería jurídica será el mismo de la inscripción en la Cámara de Comercio.

Parágrafo

Las dependencias Regionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social podrán recibir la documentación relacionada con las solicitudes de registro de las Empresas Asociativas de Trabajo, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 10 de 1991, y remitirla dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la Subdirección de Trabajo Asociativo e Informal para efectos de registro, control y vigilancia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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