Las multas o sanciones que se impongan por infracción al presente reglamento tienen carácter de sanciones personales y por ello no se tendrán en cuenta cláusulas del contrato ni estipulaciones de ninguna clase que indiquen la subrogación en el pago de las mismas.
El valor de las sanciones impuestas por el presente reglamento, será recaudado por el tesoro municipal de la localidad donde se celebre el espectáculo.