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Article 4

Cuando El Ministerio De Gobierno Determine La Suspensión De La Campaña De Cine Educativo En El Territorio Nacional Del Vichada, O Por Motivos Justificados Considere Que No Es Necesaria, Dará Aviso De Este Hecho Al Ministerio De Educación Con Treinta Días De Anticipación

Decreto 606 de 1939 · Por el cual se destinan unos aparatos de la Sección de Cinematografía Educativa del Ministerio de Educación Nacional, a los Ministerio de Gobierno y de la Economía Nacional para uso en la Comisaría del Vichada y en Bahía Solano

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01

Text of the article

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º. Cuando el Ministerio de Gobierno determine la suspensión de la campaña de cine educativo en el Territorio Nacional del Vichada, o por motivos justificados considere que no es necesaria, dará aviso de este hecho al Ministerio de Educación con treinta días de anticipación. Igualmente si el Ministerio de Educación considera oportuno suspender la campaña en el Territorio indicado, lo hará saber al de Gobierno con el mismo término.

Parágrafo

Si llegare el caso contemplado en este artículo, el Ministerio de Gobierno devolverá al de Educación los aparatos, elementos y películas que le hayan sido entregados, con destino al desarrollo de la campaña.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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