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Article 39

Información De Donaciones Recibidas Y Certificadas Por Las Entidades No Contribuyentes

Resolucion 98 de 2020 · Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2021, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.

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01

Text of the article

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En cumplimiento de lo definido en el 1.2.1.4.4 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016, las entidades señaladas en los artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario deberán informar las donaciones recibidas, que fueron debidamente certificadas a los donantes, en el Formato 2575 versión 1, de la siguiente manera:

1.

Forma de la donación certificada.

2.

Monto de la donación certificada.

3.

Tipo de persona donante.

4.

Tipo de documento del donante.

5.

Número de identificación del donante.

6.

Nombres y apellidos o razón social del donante.

Parágrafo 1

o. Si una misma persona natural o jurídica ha efectuado donaciones en diferentes formas, debe relacionar al donante tantas veces como formas de donación haya efectuado.

Parágrafo 2

o. La información se debe reportar de acuerdo con la siguiente codificación según correspondan, de la siguiente manera:

FORMA DE LA DONACIÓN CERTIFICADA

Código: Descripción

1: Efectivo.

2: Títulos valores.

3: Bienes inmuebles.

4: Bienes muebles.

5: Bienes intangibles.

6: Otros.

TIPO DE PERSONA DONANTE

Código: Descripción

1: Persona Jurídica

2: Persona Natural

CAPÍTULO 4.

IMPUESTO NACIONAL AL CARBONO.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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