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Article 6

Decreto 4222 de 2006 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional.

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01

Text of the article

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º . Funciones de la Dirección de Investigación Criminal. La Dirección de Investigación Criminal tendrá las siguientes funciones

1.

Dirigir, coordinar, ejecutar y responder por las funciones que la Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos asignan a la Policía Nacional en el área de Policía Judicial.

2.

Proponer a la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia, la política criminal y los procedimientos a desarrollar por la Institución en los campos de Policía Judicial, Criminalística y Criminología.

3.

Coordinar con las entidades del Estado que desarrollan funciones de Policía Judicial, la ejecución de las actividades y procedimientos de investigación criminal a cargo de la Policía Nacional y el cumplimiento de las disposiciones sobre la materia.

4.

Desarrollar, en coordinación con la Rama Jurisdiccional, las labores investigativas y técnicas, con sujeción a las facultades que le otorguen las leyes y los reglamentos.

5.

Dirigir y coordinar la recepción de información en materia criminal de las diferentes entidades oficiales, para alimentar el Archivo Operacional y las bases de datos de antecedentes sobre personas y bienes.

6.

Desarrollar la consolidación de la información estadística delincuencial y contravencional del país, coordinando con las diferentes fuentes de información autorizadas y producir los análisis criminológicos que de ellas se deriven, así como, los que se requieran para la toma de decisiones y el direccionamiento estratégico de la Policía Nacional.

7.

Desarrollar la consolidación de las estadísticas sobre resultados operativos que reportan las unidades y aportarla al sistema de evaluación integral de gestión.

8.

Dirigir y controlar el cumplimiento de las labores técnico científicas en el área de criminalística y administrar los recursos institucionales propios de esta actividad.

9.

Dirigir al interior de la Institución la Política Gubernamental de cooperación internacional con otras policías y agencias nacionales y extranjeras, derivada de acuerdos, convenios, programas y demás instrumentos, en materia de inteligencia policial, investigación criminal y asistencia técnica, para la lucha contra el crimen transnacional organizado.

10.

Asesorar a la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia en la definición y desarrollo de estrategias, programas, proyectos y demás actividades requeridas en materia de investigación criminal, para el logro de las metas propuestas en el Plan Estratégico Institucional y el cumplimiento eficiente, eficaz y efectivo de los objetivos en la lucha contra el crimen y la delincuencia organizada.

11.

Diseñar y elaborar planes y proyectos de inversión y desarrollo tecnológico para la policía judicial, que permitan dar respuesta a las necesidades operativas y administrativas de las unidades de policía.

12.

Desarrollar la Política y Objetivos de Calidad de la Policía Nacional.

13.

Desarrollar y estandarizar los procedimientos de los procesos misionales, gerenciales y de soporte de la unidad, debidamente articulada con la metodología definida por la Policía Nacional.

14.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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